La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi confirmó, en segunda instancia, la multa de 450 UIT (equivalente a S/2.475.000), impuesta a Transportes Flores Hnos. SRL por un accidente ocurrido el 8 de mayo de 2023 en la Carretera Panamericana Sur. El vehículo involucrado, con placa ZAZ-951, regresaba de Ica hacia Lima cuando el conductor superó el tiempo máximo permitido de conducción nocturna. Escucha la noticiaTexto convertido en audioInteligencia ArtificialÚnete a nuestro canal de política y economía La normativa establece un límite de 4 horas de manejo, con una tolerancia de 30 minutos, pero el conductor estuvo al volante durante 4 y 37 minutos, lo que derivó en un desgaste físico y contribuyó directamente al accidente. Con la Resolución N.° 0025-2026/SPC-INDECOPI, la entidad ratificó la sanción impuesta. TE RECOMENDAMOSAGENCIAS CALIFICADORAS Y PERÚ: ¿CRECIMIENTO ECONÓMICO ES REALMENTE SEGURO EN 2026? | #ECONOW La resolución del Indecopi. Foto: Indecopi ¿Cómo se originó el caso entre Indecopi y la empresa Flores? El caso se originó a partir de una investigación de oficio realizada por la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N.º 3, luego de identificar una posible infracción al artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores a garantizar la seguridad de sus servicios. Tras un proceso administrativo que incluyó fiscalizaciones y la recopilación de información de la Policía Nacional del Perú, la Sutran y el Ministerio Público, se concluyó que la empresa incumplió sus obligaciones de seguridad y expuso a los pasajeros a un riesgo innecesario. Ante la denuncia la interpuesta, el 21 de agosto de 2024, la empresa Transportes Flores remitió una serie de documentos relacionados con el accidente, entre ellos trece archivos en formato PDF que detallan los gastos médicos no cubiertos por el SOAT de igual número de pasajeros; una liquidación parcial de los gastos de atención médica de ocho personas atendidas en la Clínica San Pablo; y una captura del registro de turnos del conductor involucrado, correspondiente a los días 6, 7 y 8 de mayo. De acuerdo con la sanción impuesta por la entidad, se concluye que la empresa de transportes vulneró el principio de predictibilidad, ya que en casos similares la multa aplicada por infringir el artículo 25 del Código no había superado las 10 UIT. Sin embargo, la Comisión no precisó los motivos para apartarse de esos precedentes, lo que generó incertidumbre y afectó la confianza legítima del administrado. El principio de predictibilidad y confianza legítima del administrado implica que la Administración Pública debe actuar de forma clara, coherente y sin cambios sorpresivos, respetando lo que ha dado un entendimiento previamente a los ciudadanos, para no afectar sus expectativas ni generar inseguridad jurídica. Sin embargo, pese a los esfuerzos de la empresa por revertir la decisión, el Indecopi mantuvo firme su postura. El organismo regulador ratificó la sanción impuesta tras evaluar los descargas presentados por ambas partes. Indecopi impone millonaria multa a empresa de transporte por poner en riesgo la seguridad de pasajeros. Con esta resolución, el Indecopi sancionó con 450 UIT a la empresa Transportes Flores Hnos. SRL, lo que representa una advertencia para las compañías de transporte que no cumplen con los requisitos de seguridad estipulados por la normativa, poniendo en peligro la integridad de los viajeros. La decisión también resalta la importancia de que las empresas de transporte respeten las jornadas de trabajo de sus conductores, a fin de evitar incidentes relacionados con el agotación física.




