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Saturday, February 7, 2026

Vacaciones al exterior: cuántos dólares puedo sacar de Argentina y qué pasa si no lo declaro

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Todo lo que tenés que saber para no llevarte ninguna sorpresa en tus viajes. Dólar hoy: a cuánto cotiza este sábado 7 de febrero Dólar blue hoy: a cuánto opera este sábado 7 de febrero Cómo manejar tus dólares en los viajes al exterior. Imagen: Freepik Planear unas vacaciones al exterior siempre incluye pensar en cómo manejar los dólares que uno lleva, especialmente cuando se viaja desde Argentina. La normativa actual establece reglas claras sobre la cantidad de dinero en efectivo que se puede sacar del país y cuándo es obligatorio declararlo ante las autoridades aduaneras para evitar problemas legales o sanciones. Cuando estás por salir de Argentina rumbo a destinos como Chile, Brasil o cualquier otro país, es clave saber cuál es el límite de dinero que podés llevar según la ley y qué consecuencias puede tener no cumplir con los requisitos de declaración. Declarar los dólares Superar el monto permitido de dólares en tus viajes puede traer grandes dolores de cabeza. Imagen: Freepik Con cuánto dinero se puede salir del país Según las reglas vigentes, cada persona puede salir de Argentina con hasta 10.000 dólares estadounidenses en efectivo (o su equivalente en otras monedas) sin necesidad de declararlo ante Aduana. Esa cifra incluye no solo billetes, sino también instrumentos monetarios al portador como cheques de viajero, pagarés y otros valores similares. Si el monto que querés llevar supera los 10.000 dólares, es obligatorio declararlo antes de viajar mediante el formulario correspondiente (OM 2250-B) ante el servicio aduanero o gestionar la salida a través de entidades financieras autorizadas. Para menores de 16 años no emancipados, el límite es menor: 5.000 dólares o su equivalente. Dólares para viajar Exceder el límite puede traer multas que equivalgan 3 veces lo ocultado. Imagen: Freepik Qué sucede si no declara el dinero al salir de Argentina Si viajás con más de 10.000 dólares en efectivo y no hacés la declaración obligatoria, podés enfrentar consecuencias serias. La omisión de la declaración, aunque no haya ocultamiento físico, se considera una infracción al régimen de equipaje y puede implicar multas que van de una a tres veces el monto no declarado, además del decomiso del excedente. En casos donde el dinero esté oculto intencionalmente para evitar controles, la situación puede llegar a tipificarse como contrabando, con penas que incluyen prisión de 2 a 8 años y el decomiso total del dinero. Si además se presume que los fondos provienen de actividades ilícitas, pueden aplicarse sanciones más severas bajo normas contra el lavado de activos.

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