El Ministerio Público anunció la madrugada de este lunes la revocatoria de la medida cautelar que permitió la excarcelación del dirigente opositor Juan Pablo Guanipa. La decisión se produjo pocas horas después de que el político abandonara la cárcel. Según el comunicado oficial de la Fiscalía, dirigido por Tarek William Saab, la revocatoria obedece al incumplimiento de las condiciones impuestas por el tribunal. Esta circunstancia autorizó al Ministerio Público a solicitar el cambio a régimen de detención domiciliaria. El texto oficial no precisó cuál fue el incumplimiento concreto. Guanipa, figura cercana a María Corina Machado y militante de Primero Justicia, salió en libertad el domingo en el marco de las medidas de amnistía y convivencia promovidas por el Ejecutivo. La Fiscalía subrayó que las liberaciones condicionales conllevan obligaciones estrictas y que su violación habilita la modificación o revocatoria de las cautelares para garantizar el desarrollo del proceso penal. Fuentes judiciales señalaron que el tribunal competente no se encontraba de guardia en el momento de la aprehensión, lo que generó cuestionamientos sobre la regularidad del procedimiento. El Ministerio Público combinó en su nota argumentos jurídicos con referencias a la convivencia y la amnistía. Recordó que las medidas cautelares sustituyen la privación de libertad, pero no otorgan libertad plena. El abogado Joel García, defensor de varios presos políticos, publicó un hilo en X en el que cuestionó la fundamentación legal de la revocatoria. Argumentó que el comunicado «no identificó un hecho específico de incumplimiento y que acciones como declaraciones a medios o acompañamiento a familiares no contravienen las cautelares, ya que no existieron prohibiciones expresas de expresión o reunión». El jurista indica que el comunicado mezcla argumentos jurídicos con referencias políticas (“convivencia”, “amnistía”), pero evita explicar el punto central: ¿qué obligación incumplió Guanipa? «Sin esa respuesta, la revocatoria no supera el estándar mínimo de legalidad exigido por el COPP», explica. García advirtió que la ausencia de motivación suficiente y de vínculo con riesgos procesales convierte la medida en «un uso indebido del proceso penal y en una afectación a la presunción de inocencia». «Una revocatoria sin hecho objetivo ni motivación suficiente vulnera la presunción de inocencia y la excepcionalidad de la prisión preventiva. La justicia debe basarse en hechos verificables, no en interpretaciones que no aparecen en la boleta de excarcelación», añadió García. Hasta ahora la Fiscalía no ofreció detalles adicionales sobre el supuesto incumplimiento. Se espera el pronunciamiento del tribunal en las próximas horas. Organizaciones como Foro Penal calificaron la acción como un “secuestro” y exigieron la liberación inmediata de Guanipa junto con el resto de detenidos en circunstancias similares.




