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Friday, July 3, 2026

Procesaron al youtuber El Presto

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El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi procesó al youtuber e influencer Eduardo Miguel Prestofelippo, conocido como “El Presto”, por considerar que difundió un discurso discriminatorio contra la comunidad musulmana a través de un video publicado en YouTube. La resolución concluyó que sus manifestaciones excedieron el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y se cuadraron en el delito de promoción de la discriminación religiosa, previsto en la Ley Antidiscriminatoria 23.592. El Presto, envuelto en una nueva polémica. La investigación se originó a partir de una denuncia presentada por el Centro Islámico de la República Argentina, que cuestionó un editorial publicado el 13 de febrero de 2025 bajo el título “Musulmanes en la TV abierta Argentina: ¿peligro en puerta?”, en el que Prestofelippo criticó la participación de un joven musulmán en un programa de televisión y lanzó una serie de expresiones contra el Islam y quienes profesan esa religión. El video que motivó la denuncia fue publicado después del ingreso al reality Gran Hermano de Yaid Yousef, un participante nacido en Egipto e hijo de un diplomático. En su editorial, Prestofelippo sostuvo que la presencia del joven musulmán en el programa formaba parte de una supuesta estrategia de propaganda del Islam en la televisión argentina. “Con dinero nuestro se financia un canal que mete a un musulmán en la pantalla abierta. Y acá nadie dice nada”, afirmó, antes de advertir: “Si no lo paramos ahora, esto va a ser peligrososísimo”. Durante ese video, de casi veinte minutos de duración, el imputado calificó a los fieles islámicos como “ratas” y afirmó que “no tiene que haber lugar alguno para el Islam, ni para los musulmanes en nuestra tierra”. Incluso cerró uno de los pasajes más duros con la expresión: “Antes de ver a nuestra República Argentina arrodillada ante estos extremistas, basuras inmundas, primero… ¡primero la guerra!”. “Opiniones extremadamente ofensivas y denigrantes”, advirtió el juez en la resolución. El fallo afirma que las manifestaciones “acarrean una objetivación de los colectivos sociales y religiosos alcanzados, que conducen sin más a negarles la subjetividad humana oa asignarles una de naturaleza inferior”. Para el juez, dichos esos implican “distinciones, exclusiones y restricciones, basadas en motivos religiosos” que lesionaron el reconocimiento y el respeto que merece la comunidad musulmana en igualdad de condiciones. Leer a continuación 01/07/2026 Encontraron muertos a una reconocida modelo ya su pareja 01/07/2026 Filman a un enfermero violando a una paciente de 86 años 01/07/2026 Murió reconocido actor de “Los Simuladores” y “Los Roldán” 01/07/2026 Reconocida figura se despide de C5N para siempre 01/07/2026 TRAGEDIA EN EL MUNDIAL: tres personas murieron asfixiadas en los festejos de México ayer

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